Base Legal

La operatividad de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo como Autoridad de Certificación esta amparada sobre la legislación de la República Dominicana y las regulaciones emitidas por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones vigentes.

Solicitar certificado firma digital

  Resolución No. 108-2021 que conoce la solicitud de renovación de autorización para operar como Entidad de Certificación presentada por la CCPSD de conformidad con lo establecido en la Ley 126-02 y demás normas complementarias y reglamentos (Octubre 2021)

  Resolución No. 043-2021 que actualiza el valor del monto de la Fianza Mercantil o Poliza de Seguro de Responsabilidad que deben contratar las entidades de Certificacion Autorizadas y las que soliciten ser acreditadas, para cubrir los posibles daños y perjuicios que puedan causar a los clientes de los servicios electrónicos de confianza. (Mayo 2021)

  Resolución No. 071-2019 que dicta la norma complementaria por la que se establece la equivalencia regulatoria del sistema dominicano de infraestructura de claves públicas y de confianza con los marcos regulatorios internacionales de servicios de confianza y la norma complementaria sobre procedimientos de autorización y acreditación. (Septiembre 2020)

 Resolución no. 035-2020 que dicta la norma de aplicación de la Ley Núm. 126-02 Sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales a los procedimientos tributarios. (Mayo 2020)

  Resolución No. 169-07 que conoce la solicitud de autorización presentada por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc. Para operar como entidad de certificación y prestar los servicios de certificación digital de acuerdo a la ley no. 126-02 de Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales. (Agosto 2007)

 Resolución No. 033-07 que aprueba la norma complementaria de la Ley no. 126-02 sobre el Uso de Mensajes de Datos, Documentos y Firmas Digitales en los Medios de Pagos Electrónicos. (Febrero 2007)

  Resolución No. 041-13 norma sobre el Uso de Mensajes de Datos, Documentos y Firmas Digitales en los Medios de Pagos Electrónicos (Abril 2013)

 Resolución No. 142-06 que aprueba la norma complementaria de la ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, relativa a La Protección de los Derechos de los Consumidores y Usuarios. (Agosto 2006)

 Resolución No. 094-06 que actualiza los valores de los costos, derechos y multas aplicables a las entidades reguladas por la ley no. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales. (Junio 2006)

 Resolución No. 026-06 que aprueba la Norma Complementaria de la Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos Y Firmas Digitales, relativa a la determinación de la hora en medios electrónicos e internet (Febrero 2006)

 Resolución No. 077-05 que dispone el inicio del proceso de consulta pública para dictar las “Normas Complementarias” de la Ley 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales (Junio 2005)

 Resolución No. 010-04 que aprueba las normas complementarias a la ley no. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales y a su Reglamento de Aplicación. (Enero 2004)

Política de privacidad   

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Términos y Condiciones de Uso de los Servicios de Certificación Cualificada de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD) – Digifirma   

1. Objeto del Servicio    

La Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD), en su calidad de Prestador de Servicios Electrónicos de Confianza acreditado por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), ofrece servicios de certificación digital bajo la marca Digifirma.  

Estos servicios permiten la emisión, gestión y validación de certificados cualificados de firma electrónica y de sello electrónico, conforme a la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, su Reglamento de Aplicación y las normas técnicas internacionales aplicables (ETSI EN 319 411-1 y EN 319 411-2).  

2. Alcance    

Los presentes Términos y Condiciones regulan el uso de los servicios de certificación cualificada prestados por la CCPSD, incluyendo:  

  • Certificados cualificados de persona física.
  • Certificados cualificados de persona física con vínculo institucional.
  • Certificados cualificados de persona física representante.
  • Certificados cualificados de persona física para procedimientos tributarios.
  • Certificados cualificados de sello electrónico.
Los servicios se ofrecen a personas físicas y jurídicas que actúan como Suscriptores y Firmantes, así como a Terceros confiantes que validan las firmas o sellos electrónicos emitidos.  

3. Partes Intervinientes    
  • CCPSD – Prestador de Servicios Electrónicos de Confianza: responsable de la emisión, gestión, suspensión y revocación de los certificados cualificados.
  • Suscriptor: persona física o jurídica que contrata el servicio de certificación y asume las obligaciones derivadas del mismo.
  • Firmante: persona física identificada en el certificado, titular exclusivo de la clave privada asociada.
  • Tercero confiante: persona o entidad que recibe y confía en un certificado emitido por la CCPSD.
4. Solicitud y Emisión del Certificado    

La emisión de los certificados se realiza previa validación de identidad del solicitante y aceptación de las condiciones de servicio.   Los procesos de identificación pueden realizarse de forma presencial o mediante video identificación remota, de conformidad con la normativa vigente y las políticas de la CCPSD.   El certificado emitido contendrá los datos verificados del titular y será entregado en el formato correspondiente (archivo P12 o dispositivo QSCD) según el tipo de certificado solicitado.  

5. Vigencia, Renovación y Revocación    

Los certificados cualificados tienen la vigencia establecida en el contrato o solicitud correspondiente.   La CCPSD gestionará el ciclo de vida de los certificados, incluyendo los procedimientos de renovación, suspensión y revocación, en los términos previstos en la legislación aplicable y en la Política de Certificación.   El usuario podrá solicitar la revocación de su certificado en caso de pérdida de control de las claves, sospecha de uso indebido, error en los datos o cese de la relación que originó la emisión del certificado.  

6. Obligaciones del Suscriptor y del Firmante    

El Suscriptor y el Firmante se comprometen a:  
  • Proporcionar información veraz y actualizada en el proceso de registro.
  • Custodiar las credenciales, claves o dispositivos asociados al certificado.
  • Notificar de inmediato a la CCPSD cualquier incidente de seguridad o sospecha de uso indebido.
  • Utilizar los certificados exclusivamente para los fines previstos y dentro de los límites definidos en la Política de Certificación.
El Firmante es el único responsable del uso de su clave privada y de las consecuencias derivadas de su uso indebido, pérdida o divulgación.  

7. Limitaciones de Uso    

Los certificados emitidos por la CCPSD deben utilizarse únicamente para los fines autorizados conforme a su perfil y política de certificación.   No podrán emplearse para firmar otros certificados, listas de revocación, ni en aplicaciones o entornos donde un fallo pueda causar daños personales, económicos o medioambientales graves.   Cualquier uso fuera de los fines permitidos se considerará uso indebido, eximiendo a la CCPSD de toda responsabilidad.  

8. Responsabilidad    

La CCPSD no será responsable por los daños o perjuicios derivados del uso incorrecto, negligente o fraudulento de los certificados emitidos, ni por los errores en la información suministrada por el usuario.   El Suscriptor y el Firmante asumen plena responsabilidad por la exactitud de los datos declarados y por el uso adecuado de los certificados y credenciales entregados.  

9. Protección de Datos Personales    

La CCPSD, como responsable del tratamiento de los datos personales conforme a la Ley núm. 172-13, informa que los datos suministrados por los usuarios serán tratados con la finalidad de gestionar la prestación de los servicios de certificación digital. Los usuarios podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) mediante solicitud escrita dirigida a digifirma@camarasantodomingo.do, acompañada de copia de su documento de identidad.  

La CCPSD garantiza la confidencialidad, integridad y seguridad de los datos tratados, adoptando las medidas técnicas y organizativas correspondientes.  

10. Publicación y Verificación de Certificados    

Los certificados emitidos por la CCPSD, así como las listas de certificados revocados (LCR), se publican y actualizan periódicamente en los sistemas de validación en línea del Prestador de Servicios de Confianza.   El uso de los certificados implica el consentimiento expreso del titular para la publicación de la información identificativa contenida en los mismos, con el único propósito de garantizar la validez y transparencia del servicio.  

11. Legislación y Jurisdicción Aplicable    

Los presentes Términos y Condiciones se rigen por la Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, su Reglamento General de Aplicación, y la normativa complementaria vigente en la República Dominicana.  

Cualquier controversia derivada de su interpretación o ejecución será resuelta conforme a la legislación dominicana, procurando en primer término una solución amistosa entre las partes.  

Última actualización: octubre 2025   
Contacto: digifirma@camarasantodomingo.do
Para más información, consulte la Declaración de Prácticas de Certificación (DPC) disponible en: Políticas de Certificación